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Empresas y gremios de Pesca acordaron la exención del 46% del salario

Se realizó reunión en el Salón de Usos Múltiples de la Subsecretaría de Pesca, encabezada por el Dr. Carlos Liberman, subsecretario de Pesca y Acuicultura.

El objetivo fue discutir la aplicación del Impuesto a las Ganancias.

Contó con la presencia de representantes de entidades gremiales, cámaras empresarias y asociaciones relacionadas al sector pesquero marplatense.

Durante la primera parte de la reunión se expusieron posturas divergentes respecto a la manera en que se debería aplicar la exención de las horas extras en el pago del Impuesto a las Ganancias.

Tuvo lugar antes del mediodía y contó con la participación de funcionarios del área de Economía, el Ministerio de Trabajo y técnicos de la AFIP.

Tras un intercambio de opiniones que se extendió por tres horas, se decidió realizar un receso hasta las 16:00 horas para permitir la redacción de un nuevo acuerdo.

Este nuevo texto contó con la aprobación de las entidades gremiales, aunque se ha informado que las cámaras empresarias solicitaron ciertas especificaciones y la eliminación de términos como «horas extras» y «suplementarias», así como las referencias a horas ordinarias.

Una vez reanudada la reunión y luego de diversos debates, se redactó un nuevo documento alrededor de las 19:30 horas.

El acuerdo alcanzado establece que su aplicación será obligatoria únicamente después de la homologación administrativa por parte del Ministerio de Trabajo y la ratificación mediante un acto administrativo del dictamen emitido por la Dirección General de Impuestos y la AFIP.

Según indica el portal especializado Pescare, teniendo en cuenta las particularidades de las tareas y el procesamiento a bordo durante las mareas, las partes acordaron que el porcentaje exento correspondiente al diferencial del valor previsto, para retener el impuesto a las ganancias en los salarios del personal marítimo, será del 46% del total de los ingresos netos percibidos por el tripulante por producción.

Otro punto acordado indica que las partes consideraron que la jornada típica de la actividad pesquera es de carácter continuo e ininterrumpido y que está remunerada en función de la producción obtenida, sin importar días inhábiles, feriados, días no laborables ni horas extras o suplementarias.

El acta de acuerdo también establece que cualquier modificación en los Convenios Colectivos de Trabajo o Acuerdos con alcance entre el sector sindical y empresarial, que tengan como objetivo la adecuación del régimen especial y específico de la actividad pesquera a las normativas relacionadas con el Impuesto a las Ganancias, no alterará las prácticas y costumbres existentes ni implicará cambios en la forma de liquidar los salarios.

Se deja en claro que dicho acuerdo no debe interpretarse como un aumento salarial ni puede aplicarse por analogía, y no constituye una presunción de ningún derecho.

El acta de acuerdo fue firmada por:

El Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante, el Sindicato de Conductores Navales de la República Argentina, la Asociación Argentina de Capitanes, Pilotos y Patrones de Pesca, el Sindicato Marítimo de Pescadores, el Centro de Jefes y Oficiales Maquinistas Navales, el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales de Pesca y Cabotaje Marítimo, y el Sindicato de Obreros Marítimos Unidos, en representación de las entidades gremiales.

El acuerdo fue suscrito por:

el Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA), la Cámara de la Industria Pesquera Argentina (CAIPA), la Cámara Argentina de Armadores de Buques Pesqueros de Altura (CAABPA), la Cámara de Armadores Poteros Argentinos (CAPA), la Cámara Argentina Patagónica de Industrias Pesqueras (CAPIP) y la Cámara de Armadores de Pesqueros y Congeladores de la Argentina (CAPECA), en representación del sector empresarial.

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