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La justicia federal otorgó cautelar pedida por el Municipio de Esquel

El fallo del juez federal de Esquel, Guido Otranto, suspendió la aplicación de la Resolución 267/2024 de la Secretaría de Comercio que prohíbe incorporar en las facturas de la Cooperativa 16 de Octubre Ltda. rubros que no correspondan a servicios a su cargo.

La suspensión regirá hasta que el Estado nacional conteste el informe que exige la ley de medidas cautelares contra el Estado. Con ese informe se resolverá si se mantiene o no la suspensión mientras dure el proceso judicial.

El juez Otranto consideró «acreditado con suficiente grado de credibilidad el peligro en la demora que invoca la Municipalidad de Esquel, en tanto es factible vislumbrar que ante la imposibilidad de continuar utilizando el mecanismo de recaudación vigente para el cobro de las tasas municipales, la recaudación se verá sensiblemente afectada y se comprometerá, con ello, la continuidad de la prestación de los servicios brindados a toda la comunidad, indispensables para el funcionamiento y mantenimiento del orden social».

Y agregó que «tampoco advierto que el alcance de esta medida interina pueda causar una grave afectación al interés público o producir efectos jurídicos o materiales irreversibles, en tanto la medida aquí dispuesta sólo alcanza a la Municipalidad de Esquel, y una de las ordenanzas municipales expresamente contempla la posibilidad de excluir del pago de una de las tasas a aquellos individuos que acrediten la imposibilidad económica de afrontarlo (arts. 13 inc. 1 «d» y «e» de la ley 26.854, y art. 3 Ordenanza 125/06)».

Se encuentran presentes los presupuestos para disponer como medida interina el cese inmediato de los efectos de la Resolución 267/24 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación.

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